Históricamente, el ciclo de adopción de nuevas tecnologías está conformado por dos etapas:
- Una fase inicial de acelerada adopción que generan crecimientos explosivos y altas utilidades para las empresas proveedoras de la nueva tecnología. El gran atractivo del mercado tecnología atrae inversiones que eventualmente de generan en la especulación y en el colapso de los mercados financieros, lo cual abre paso a una recesión.
- Posterior al período recesivo, la adopción de tecnología continúa pero de una manera más ordenada donde los actores económicos logran maximizar ganancias en productividad.
Esta segunda etapa es responsable de largos períodos de crecimiento económico que generan bienestar a la sociedad en general, pues lo que antes eran grandes utilidades concentradas en las empresas tecnológicas ahora son precios más baratos y mejores salarios en todos los sectores productivos. Sin embargo, la concreción de este escenario requiere como condición esencial la actualización del marco jurídico y regulatorio de forma que éste sirva como un habilitador y no un inhibidor de los procesos de cambio.
El panorama político mexicano parece atascado en la discusión de reformas que si bien son necesarias, son apenas suficientes para una economía predominantemente industrial (reformas energética y laboral) sin reconocer que, para lograr ser más competitiva, nuestra economía deberá depender cada vez más de su capacidad para desarrollar y aprovechar su capital intelectual.
En el centro de todo debate sobre adecuaciones al marco regulatorio mexicano para las Tecnologías de la Información y Comunicaciones debe reconocerse sobre todas las cosas un derecho esencial al usuario de los servicios de comunicaciones, sea éste un individuo o una institución que es el Derecho del usuario a poder explotar su servicio de red enteramente a su conveniencia.
Tal derecho como ha sido ejercido hasta ahora ha sido fundamental para fomentar la aparición y adopción masiva de tecnologías como la mensajería instantánea, el correo y comercio electrónicos y el cómputo distribuido. Tales innovaciones no hubieran sido posibles en un mundo donde los operadores determinan los usos de la red, acotados por la regulación y el criterio de las autoridades.
A partir del derecho fundamental ya enunciado, se desprenden derechos más específicos como sigue:
- El usuario tiene el derecho de contar con opciones de proveedor para cualquier servicio.
- El usuario podrá, si así lo desea, recibir tantos servicios como desee de un mismo operador siempre y cuando se cumpla el derecho 1.
- El usuario tendrá libertad absoluta para elegir los dispositivos que conectará a la red (no los que decida la NOM, el regulador, el certificador o el proveedor del servicio).
- El usuario tendrá libertad absoluta para elegir los componentes de software de su terminal (sistema operativo, plataforma de aplicaciones y aplicaciones en sí).
- El usuario puede elegir el medio de acceso a la red y no podrá ser discriminado en las opciones de servicios que la red le ofrece sobre la base de su elección de medio.
- El usuario tiene el derecho de crear sus propias aplicaciones para el aprovechamiento de la red.
- El usuario tiene el derecho de utilizar su acceso a la red para acceder a cualquier aplicación de un tercero, sin requerir para ello consentimiento del proveedor del servicio de red.
- El usuario tiene derecho a un identificador inequívoco (sea un número telefónico, una dirección de correo electrónico o un nombre de dominio) dentro de la red y de los servicios que use a través de ésta y podrá mantenerlo si es su voluntad aún cambiando de proveedor de servicio.
- El usuario tiene el Derecho a la privacidad de sus datos.
- El usuario tiene el Derecho a que todas las opciones de servicio en las redes y las redes en sí mismas se encuentren interconectadas de forma que no puedan ser funcionalmente distintas.
- El usuario tiene el Derecho a elegir a sus contrapartes para cualquier tipo de comunicación así como obtener una prueba electrónica de la autenticidad de la contra parte. El usuario, a su entera elección podrá suspender de manera temporal o permanente la comunicación con cualquier.
- El usuario tiene el Derecho a conocer los parámetros de desempeño de la red de forma que decida su elección de proveedor en función de ellos.
El éxito de Internet se basa en que la red cumple un rol de simple habilitador para cualquier uso innovador que la creatividad del usuario sugiera. La tendencia en telecomunicaciones hacia una sola red IP para todos los servicios sólo hará
Reconocer los derechos aquí enunciados es una forma de redirigir la discusión regulatoria hacia encontrar un verdadero beneficio en competitividad para nuestro país. A fin de cuentas la competencia importante no será la que se da entre operadores, sino entre economías y hasta el momento, México parece querer perder sin intentar al menos dar batalla.